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Mostrando entradas de marzo, 2016
La responsabilidad penal de la empresa en España. Tradicionalmente, en el derecho español tan sólo podían tener responsabilidad penal por la comisión de delitos o faltas las personas físicas. En el ámbito jurídico solía utilizarse la expresión societas delinquere non potest para referirse a esta realidad. No obstante, la influencia del derecho anglosajón y las decisiones marco de la Unión Europea en materia penal han llevado a una destacada evolución del derecho penal español, que ha incorporado ya a nuestro sistema jurídico la responsabilidad penal de las personas jurídicas, de tal forma que ahora podemos decir que societas delinquere potest.
Pautas para lograr que la empresa quede exenta de responsabilidad penal. Si bien es cierto que la legislación española le ha puesto el listón muy alto a las empresas y al resto de personas jurídicas en la exigencia de responsabilidad penal, también es cierto que cumpliendo una serie de requisitos legales la empresa puede quedar totalmente exenta de responsabilidad penal, o al menos, disponer de atenuantes que permitirán modular su responsabilidad.
¿Qué riesgos penales afrontan las empresas? Es preciso tener en cuenta que no todas las infracciones penales pueden derivar en responsabilidades para la persona jurídica. El Código Penal contiene un catálogo tasado de delitos de los que puede tener que responder una empresa. Sin embargo, la realidad de las cosas es que dicho catálogo es tan amplio que convierte en ineludible la instauración de un sistema de prevención de riesgos penales en la empresa.